Es necesario Certificado electrónico
Procedimiento que habilita su titular a desarrollar obras mayores relacionadas con un proyecto constructivo, en el territorio portuario.
El periodo de validez del permiso de obras queda determinado en el Pliego de la concesión.
CÓDIGO SIA: 2410056 – Solicitud de tramitación de proyecto Constructivo.
Planificación territorial, Gestión Técnica de Concesiones y Medio Ambiente.
Gestión del territorio.
Concesionarios del Puerto de Barcelona.
Resolución de conformidad o no conformidad de proyecto y permiso de obras.
Plazo máximo legal de notificación
Tres meses.
Silencio administrativo
Negativo.
Documento de solicitud debidamente rellenado.
Documentación acreditando la representación en caso de actuar en nombre de un tercero.
Proyecto constructivo. Deben consultarse los requisitos mínimos según la tipología de proyecto y los formatos de las portadas (Portadas tomos, Lomos A3, Portada A4).
Un ejemplar en papel.
Un ejemplar formado PDF firmado digitalmente.
Un ejemplar EDITABLE (DOCK y CAD).
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las Administraciones públicas, en su artículo 14.2. cita a los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones públicas. Asimismo, la Ley reconoce el derecho de las personas físicas a escoger en todo momento si se comunican con las administraciones a través de medios electrónicos o no, a menos que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones públicas. El medio escogido por la persona para comunicarse con las Administraciones públicas podrá ser modificado por la persona física en cualquier momento.
Para presentar la documentación electrónicamente es indispensable estar en posesión de un certificado digital como el DNI electrónico o un certificado de alguna Autoridad de Certificación como la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o CatCert. Si no dispone de uno, en la página de preguntas frecuentes tiene información de cómo conseguirlo.
Estando en posesión de su certificado válido puede entregar la documentación pulsando el botón «Inicia el trámite online».
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las Administraciones públicas, en su artículo 14.2. cita a los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones públicas. Asimismo, la Ley reconoce el derecho de las personas físicas a escoger en todo momento si se comunican con las administraciones a través de medios electrónicos o no, a menos que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones públicas. El medio escogido por la persona para comunicarse con las Administraciones públicas podrá ser modificado por la persona física en cualquier momento.
Servicio de Acceso Unificado (SAU)
De lunes a jueves, de 8 a 17 horas
Viernes, vísperas de festivos y mes de agosto, de 8 a 15 horas
Edificio Este del World Trade Center (Planta baja)
Muelle de Barcelona
s/n 08039 Barcelona
Tel.: 93 298 60 00
Para la presentación presencial entregar la solicitud y la documentación del apartado «Documentación necesaria» accediendo a «Tramitación presencial»:
No se aplican tasas/tarifas en este trámite.