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Solicitud de autorización de suministro de GNL (bunkering) en el Puerto de Barcelona

Es necesario Certificado electrónico

Fecha de actualización  03.03.2026

Descripción del trámite

Tramitación de la solicitud para el otorgamiento de una autorización para el suministro de GNL (Bunkering) en el Puerto de Barcelona.

Departamento responsable

Dirección de Sostenibilidad Ambiental y Transición Energética

Servicio al que pertenece

Mediombiente

Quien puede realizar el trámite

Cualquier interesado en la obtención de una autorización comercial para suministrar GNL como combustible a buques en el puerto de Barcelona, con o sin ocupación del dominio público.

Resultado

Resolución por la cual se acuerda el otorgamiento y se determinan las prescripciones a cumplir bajo las cuales queda sujeta la autorización concedida, o de denegación de la autorización.

Plazo máximo legal de notificación

Tres meses.

 

Silencio administrativo

Negativo.

Documentación necesaria

Tramitación online

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las administraciones públicas, en su artículo 14.2. cita a los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas. Asimismo, la Ley reconoce el derecho de las personas físicas a escoger en todo momento si se comunican con las administraciones a través de medios electrónicos o no, a menos que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. El medio escogido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por la persona física en cualquier momento.

Para presentar la documentación electrónicamente es indispensable estar en posesión de un certificado digital como el DNI electrónico o un certificado de alguna Autoridad de Certificación como la Fábrica Nacional de La Moneda y Timbre o CatCert. Si no dispone de uno, en la página de preguntas frecuentes tiene información de cómo conseguirlo.

Estando en posesión de su certificado válido puede entregar la documentación pulsando el botón «Inicia el trámite online».

Horario: servicio disponible las 24 horas, cualquier día.

Tramitación presencial

Únicamente para sujetos no obligados.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las Administraciones públicas, en su artículo 14.2. cita a los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones públicas. Asimismo, la Ley reconoce el derecho de las personas físicas a escoger en todo momento si se comunican con las administraciones a través de medios electrónicos o no, a menos que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones públicas. El medio escogido por la persona para comunicarse con las Administraciones públicas podrá ser modificado por la persona física en cualquier momento.

Servicio de Acceso Unificado (SAU)
De lunes a jueves, de 8 a 17 horas
Viernes, vísperas de festivos y mes de agosto, de 8 a 15 horas

Edificio Este del World Trade Center (Planta baja)
Muelle de Barcelona
s/n 08039 Barcelona

Tel.: 93 298 60 00

Para la presentación presencial entregar la solicitud y la documentación del apartado «Documentación necesaria» accediendo a «Tramitación presencial».

Tasas/Tarifas

Para la tramitación de la solicitud formulada no se exige el pago de ninguna tasa. En el caso de que se otorgue la autorización, se cobrarán las tasas vigentes que correspondan.

Normativa

Legislación consolidada

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