Es necesario Certificado electrónico
La Autoridad Portuaria de Barcelona se ha adherido de forma voluntaria al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe) de la Administració General del Estado. A través de FACe los proveedores podrán presentar sus facturas electrónicas dirigidas a la Autoridad Portuaria de Barcelona.
Para la formalización de las facturas a través de FACe, los proveedores pueden descargarse la aplicación Gestión de Facturación Electrónica Facturae del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, que permite la generación de facturas electrónicas que cumplan el formato de factura electrónica desarrollado por la Administración Pública.
Código SIA: 2510605.
Gestión Económico-Financiera del Port de Barcelona.
Gestión económica y financiera.
Con carácter general, todas las entidades y proveedores del Port de Barcelona que tengan que presentar facturas al Port de Barcelona, pero en todo caso estarán obligadas las entidades determinadas por el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público:
Una vez presentada la factura, puede descargarse un justificante de presentación que incluirá un código de verificación seguro (CSV) que le permitirá comprobar la originalidad del documento en cualquier momento en el mismo portal de FACe .
Plazo habitual de resolución
El plazo de resolución corresponde al pago de la factura que se determine de forma que se establezca en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Puede realizar el seguimiento del estado de la factura con el trámite «Seguimiento del estado de las facturas presentadas al Port de Barcelona (FACe)».
Factura electrónica.
Las facturas electrónicas se deben ajustar al formato estructurado Facturae 3.2.1, que se describe mediante el esquema XSD (XML Schema Definition) publicado en Facturae. Además, la factura debe firmarse electrónicamente con un certificado electrónico reconocido.
Además de los requisitos mínimos exigidos en el Portal FACe, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.1 a) del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, será preciso a la hora de generar la factura que los proveedores indiquen lo siguiente:
Todas las facturas que no cumplan los campos obligatorios establecidos anteriormente serán rechazadas, a efectos de subsanación, para su tramitación.
Para la tramitación de facturas electrónicas mediante FACe los proveedores tienen que identificar la Oficina Contable, la Unidad Gestora y la Unidad Tramitadora. FACe proporciona un directorio donde los proveedores pueden consultar el listado de órganos gestores y unidades tramitadoras que aceptan facturas a través del Portal FACe.
La relación de códigos DIR3 de la Oficina Contable, Órgano Gestor y Unidad Tramitadora de la Autoridad Portuaria de Barcelona habilitados para FACE son los siguientes:
Otros documentos adjuntos.
También podrán presentarse los adjuntos a la factura que se considere oportuno, como la factura en formato pdf, documentos con información complementaria sobre el detalle de los consumos a los que se refiere la factura o cualquier otra información requerida por el Port de Barcelona, por ejemplo, en el pliego de condiciones administrativas particulares del contrato relacionado con la factura.
Para más información sobre los requisitos que debe cumplir la factura electrónica para ser presentada al Port de Barcelona y cómo puede generarla, puede consultar el enlace: www.facturae.gob.es
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las Administraciones públicas, en su artículo 14.2. cita a los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones públicas. Asimismo, la Ley reconoce el derecho de las personas físicas a escoger en todo momento si se comunican con las administraciones a través de medios electrónicos o no, a menos que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones públicas. El medio escogido por la persona para comunicarse con las Administraciones públicas podrá ser modificado por la persona física en cualquier momento.
Este trámite solo podrá realizarse de forma telemática a través del servicio FACe del Ministerio de Hacienda y Función Pública a través de la opción «Remitir factura» que encontrará en la sección «Factura»
Una vez presentada la factura, tendrá la opción de descargar un justificante de presentación que incluirá un código de verificación seguro (CSV) que le permitirá comprobar la originalidad del documento en cualquier momento en el mismo portal FACe.
Este trámite solo podrá realizarse de forma telemática.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las Administraciones públicas, en su artículo 14.2. cita a los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones públicas. Asimismo, la Ley reconoce el derecho de las personas físicas a escoger en todo momento si se comunican con las administraciones a través de medios electrónicos o no, a menos que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones públicas. El medio escogido por la persona para comunicarse con las Administraciones públicas podrá ser modificado por la persona física en cualquier momento.
Servicio de Acceso Unificado (SAU)
De lunes a jueves, de 8 a 17 horas
Viernes, vísperas de festivos y mes de agosto, de 8 a 15 horas
Edificio Este del World Trade Center (Planta baja)
Muelle de Barcelona
s/n 08039 Barcelona
Tel.: 93 298 60 00
Para la presentación presencial entregar la solicitud y la documentación del apartado «Documentación necesaria» accediendo a «Tramitación presencial»:
No se aplican tasas/tarifas en este trámite.
Legislación consolidada